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Europa | CASINOS, TERRAZAS Y ZONAS COMUNES DE HOTELES CON RESTRICCIONES

España en Fase 3 reabre actividades culturales y recreativas

A partir de las 00 hs del 1 de junio, según quedó publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se permitirá la apertura de varias actividades según se detalla en las medidas de aplicación en la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Con restricciones y medidas de seguridad.

01.06.2020 03:22 | 

En lo que respecta a actividades turisticas y culturales se destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Otro de los capítulos de la Orden indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad. En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

Podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Los ayuntamientos podrán en este caso aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.