Trade | ¿Terminar con el monopolio de las agencias de viajes?
El Gobierno deroga leyes que regulan el turismo, la hotelería y desregula el transporte aéreo
El DNU publicado en el dia de la fecha en Boletín Oficial, según conferencia de prensa brindada el dia anterior por el presidente Javier Milei, entre otras modificaciones deroga la Ley 18828 (Hotelería), la Ley 18829 (Turismo) y la Ley 26.356 (Alojamiento Temporario).
21.12.2023 00:19 | HSM Realizaciones |
Una medida desconcertante para los agentes de viajes y empresarios hoteleros que deja en el limbo a la actividad turística y hotelera, estas tres leyes que regulan la actividad de las agencias de viajes, la hoteleria y los alojamientos de Tiempo Compartido, quedan sin efecto de la noche a la mañana.
A pesar de que muy contrariamente en uno de sus párrafos el DNU dice "Que no es posible desconocer la importancia que el desarrollo del turismo tiene en el crecimiento económico del país, más aún cuando se cuenta con atractivos turísticos inigualables y en un contexto de creciente globalización." . Y seguidamente cita:
"Que, en este sentido, la derogación de la Ley N° 18.829 es fundamental para incrementar la oferta de desarrollos turísticos, quedando la actividad plenamente desregulada, redundando en una mayor competencia entre las empresas del sector y en beneficio de los ciudadanos."
"Que, de igual modo, es menester derogar las Leyes N° 18.828 y N° 26.356 a los efectos de liberar la actividad de alojamientos turísticos de carácter privado y reducir su carga burocrática."
¿Cómo se sigue?
¿Las Cámaras y Asociaciones tomarán medidas?. ¿Será esta la palabra final?. ¿Quién podrá desde ahora vender viajes y alquilar habitaciones de hotel?, en que condiciones y de que manera el turista se encontrará protegido ante cualquier inconveniente, acto equivocado por falta de experiencia y conocimiento por parte de quien lo realice?. Temas para resolver....
En otro orden también se modifican artículos de Código Aeronáutico y en cuanto a Aerolíneas Argentinas, se sustituye el artículo 5 de la ley 26.466 diciendo:
“ARTÍCULO 5º.- Autorízase la cesión total o parcial de las acciones representativas del capital social a los trabajadores de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas (Optar S.A., Jet Paq S.A., Aerohandling S.A.) de conformidad con el Programa de Propiedad Participada. La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas.”
Sin duda, las medidas afectarán el funcionamiento ordenado de la actividad turistica y todavia no se entiende como queda conformada la estructura de Turismo, que dependerìa del Ministerio de Interior, con el rango de Secretaría, puesto todavia vacante, sin oficializar, pero que tendria, según lo trascendido una Subsecretaría a cargo de Yanina Martinez.
Listado completo con las medidas económicas enunciadas por Javier Milei en su discurso:
A pesar de que muy contrariamente en uno de sus párrafos el DNU dice "Que no es posible desconocer la importancia que el desarrollo del turismo tiene en el crecimiento económico del país, más aún cuando se cuenta con atractivos turísticos inigualables y en un contexto de creciente globalización." . Y seguidamente cita:
"Que, en este sentido, la derogación de la Ley N° 18.829 es fundamental para incrementar la oferta de desarrollos turísticos, quedando la actividad plenamente desregulada, redundando en una mayor competencia entre las empresas del sector y en beneficio de los ciudadanos."
"Que, de igual modo, es menester derogar las Leyes N° 18.828 y N° 26.356 a los efectos de liberar la actividad de alojamientos turísticos de carácter privado y reducir su carga burocrática."
¿Cómo se sigue?
¿Las Cámaras y Asociaciones tomarán medidas?. ¿Será esta la palabra final?. ¿Quién podrá desde ahora vender viajes y alquilar habitaciones de hotel?, en que condiciones y de que manera el turista se encontrará protegido ante cualquier inconveniente, acto equivocado por falta de experiencia y conocimiento por parte de quien lo realice?. Temas para resolver....
En otro orden también se modifican artículos de Código Aeronáutico y en cuanto a Aerolíneas Argentinas, se sustituye el artículo 5 de la ley 26.466 diciendo:
“ARTÍCULO 5º.- Autorízase la cesión total o parcial de las acciones representativas del capital social a los trabajadores de las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur Sociedad Anónima y de sus empresas controladas (Optar S.A., Jet Paq S.A., Aerohandling S.A.) de conformidad con el Programa de Propiedad Participada. La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas.”
Sin duda, las medidas afectarán el funcionamiento ordenado de la actividad turistica y todavia no se entiende como queda conformada la estructura de Turismo, que dependerìa del Ministerio de Interior, con el rango de Secretaría, puesto todavia vacante, sin oficializar, pero que tendria, según lo trascendido una Subsecretaría a cargo de Yanina Martinez.
Listado completo con las medidas económicas enunciadas por Javier Milei en su discurso:
- Derogación de la Ley de Alquileres: para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea.
- Derogación de la Ley de Abastecimiento para que el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos.
- Derogación de la Ley de Góndolas para que el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos.
- Derogación de la Ley del Compre Nacional que solo beneficia a determinados actores del poder.
- Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía para evitar la persecución de las empresas.
- Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
- Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
- Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
- Derogación del régimen de sociedades del Estado.
- Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
- Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino.
- Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional.
- Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones.
- Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
- Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.
- Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
- Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
- Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
- Implementación de la política de cielos abiertos.
- Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes.
- Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
- Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
- Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
- Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
- Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
- Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
- Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.
- Desregulación de los servicios de internet satelital.
- Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
- Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores.