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Argentina | Con esquema de vacunación completa y todos los requisitos solicitados

Extranjeros de países limítrofes ya pueden ingresar a la Argentina

En el día de la fecha, 01 de octubre, comienza a regir la medida que permite el ingreso a la Argentina de extranjeros no residentes provenientes de países limítrofes, comenzando así la reapertura gradual con fronteras a través de corredores seguros. Se publicó en Boletín Oficial el DNU con todas las nuevas medidas.

01.10.2021 00:30 | 

Dada la proyección de llegada de vacunas al país y su inmediata aplicación, se estima que en quince días más se logrará la vacunación completa contra el Covid-19, con dos dosis al 50 % de la población, lo que permitirá el ingreso de personas de otros países a la Argentina a partir del 1 de noviembre. Las medidas publicadas en el dia de la fecha tienen vigencia hasta el 31 de diciembre 2021.

Los requisitos para ingresar.
  • ESQUEMA DE VACUNACION COMPLETO. Con la segunda dosis aplicada con no menos de 14 días antes del ingreso al país.
  • PCR NEGATIVO – Realizado hasta 72 horas antes de embarcar
  • DECLARACION JURADA – Completada dentro de las 48 hs. previas al viaje
  • TEST de ANTIGENOS al ingresar por los corredores seguros:
  • PCR entre los días 5 y 7 de su llegada. (esta medida se eliminaría una vez alcanzada el 50 % de la poblacion vacunada con esquema completo en Argentina)
  • Quienes no tengan el esquema completo de vacunación, incluyendo a menores de 17 años, deberán hacer el aislamiento correspondiente.
  • Para el caso de los menores sin esquema de vacunación, además de la prueba PCR, se procederá a realizar el test de antígenos al ingreso al país. Además, deberán realizar el aislamiento previston y el test PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su arribo -en caso que permanezcan por ese tiempo en el territorio nacional- para así poder dar por finalizado su aislamiento en caso de resultar las pruebas diagnósticas negativas, de conformidad con la normativa vigente.
  • DETECCION DE CASOS POSITIVOS: Las muestras de laboratorio de los casos positivos serán enviadas a secuenciar al Laboratorio de referencia del Instituto Malbrán, debiendo los turistas que resulten positivos permanecer aislados en los dispositivos previstos para ese fin por el término de 10 días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.
Las medidas de cuidado siguen vigentes, como le uso de barbijo en lugares de circulación de personas, vel uso de alcohol en gel, la distancia de dos metros, ventilación de los ambientes y lo fundamental para seguir respetando y cuidándose entre todos.

Algunos artículos destacados del DNU
  • El Ministerio de Salud conjuntamente con el Ministerio de Transporte, a través Del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos –Orsna-, o de la Subsecretaría de Puertos Vías Navegables y Marina Mercante, los Ministerios de Seguridad y del Interior definirán los corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres, determinando los puntos de entrada al país, trayectos o lugares que reúnen las mejores capacidades para responder a las necesidades sanitarias y epidemiológicas, los cuales serán notificados a las autoridades competentes para su implementación. Mientras esté vigente la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, la Dirección Nacional de Migraciones podrá autorizar el tránsito vecinal fronterizo cuando se verifiquen las condiciones epidemiológicas y los requisitos que la autoridad sanitaria nacional considere necesarios.
Hasta le fecha los corredores seguros habilitados son:
- Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, Ezeiza, Ciudad de Buenos Aires
- Aeroparque Jorge Newbery, Ciudad de Buenos Aires
- Aeropuerto de San Fernando, Buenos Aires
- Terminal de Buquebús, Puerto de Buenos Aires
- Terminal de Colonia Express, Ciudad de Buenos Aires
- Aeropuerto Internacional Malvinas Argentinas, Tierra del Fuego (a partir del 20 de octubre)
- Aeropuerto Internacional el Plumerillo, Mendoza
- Aeropuerto Internacional de Cataratas del Iguazú Mayor Carlos Eduardo Krause, Misiones
- Puerto de Ushuaia, Tierra del Fuego (a partir del 20 de octubre)
- Paso Fronterizo Cristo Redentor, Mendoza
- Paso Fronterizo Terrestre Tancredo Neves, Misiones

  • Se prorroga hasta el día 31 de octubre de 2021 inclusive, la vigencia del Decreto N° 274/20
    y sus sucesivas prórrogas. Quedan exceptuadas de la prohibición de ingreso establecida en el artículo 1° del decreto precedentemente citado, las personas nacionales o residentes de países limítrofes, siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro,
    *Sin perjuicio del citado decreto se podrán establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el objeto de implementar actividades que se encuentren autorizadas o para las que requieran autorización los Gobernadores o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para ello, las autoridades locales deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cumplir las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse.
  • A partir del 1° de noviembre de 2021, se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro. El mismo se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del Decreto N° 260/20 
  • El Jefe de Gabinete de Ministros puede suspender o modificar las normas previstas, de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario y del avance de la vacunación contra la COVID-19, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.

►Reporte de vacunación hasta 30 septiembre 2021
El 48.2 % de población argentina está vacunada con esquema completo
      - Los mayores de 18 años alrededor del 67 %
      - Mayores de 50 años casi el 85 %

Faltan aplicar alrededor de 500.000 dosis para llegar el 50 %. Con las dosis que están llegando a la Argentina se prevee llegar a la mitad de la población vacunada muy rápidamente y especular con el paso de los 14 días de aplicadas las segundas dosis que completan ese porcentaje para seguir avanzando en las reaperturas.

►Datos COVID-19 en Argentina (al 30-sep-2021)
- Contagios: 5.256.902
- Muertes: 115.179
- Vacunas aplicadas: 51.773.287



►Viajes grupales y de egresados - Eventos
Los viajes grupales de egresados, de estudiantes o similares, deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia; todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar; al regreso deberán realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte de regreso. En caso de resultar positivo alguno de los tests se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los casos y sus contactos estrechos. Además, aquellas personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje, deberán realizar un aislamiento de siete días y, por su cuenta, un nuevo testeo que deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia por el laboratorio. El control de la realización del testeo estará a cargo de la empresa de viajes.
  • En los viajes grupales de jubilados todo el contingente deberá presentar esquema de vacunación completo ocurrido por lo menos 14 días previos al inicio del viaje.

►Eventos 
Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados, podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada. Además, deberán requerir a quienes concurran esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes.
  • En el caso de los salones de fiestas, alternativamente al esquema de vacunación, podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
  • Los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. Si el evento se realiza al aire libre podrán deberán requerir a las personas concurrentes mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.
Los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales con la finalidad de contener los contagios por COVID-19.
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cruceros y transporte fluvial
  • La Dirección Nacional de Migraciones fijará una frecuencia para el transporte fluvial internacional de pasajeros de hasta 5 buques semanales pudiendo corresponder la misma a distintos operadores, si acreditan cumplir con los protocolos sanitarios que exige la autoridad sanitaria nacional. Los buques deberán respetar un aforo del 50%, fijado por el citado organismo.
  • A partir del 20 de octubre del 2021, podrán ingresar las tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas extranjeras, permitiéndose a partir de esa fecha la realización de relevos en territorio argentino de las tripulaciones referidas cumpliendo con todos los protocolos exigidos.
Las medidas completas se pueden leer aqui
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