" />

20:34 hs. | Mié, 24.Abr.2024

BUE clima T: 19°C  H: 61%

Argentina | Viajar por Argentina, beneficios para compras anticipadas

Ya es oficial la nueva etapa del PreViaje

Con su publicación en el dia de la fecha en el Boletin Oficial, se retoma el Programa de Incentivos a la Preventa de Servicios Turisticos Nacionales PREVIAJE instrumentado a través del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.

13.08.2021 11:25 |  HSM Realizaciones - Daily Travelling News | 

   Previaje 2021-2022

PreViaje tiene la finalidad de fomentar y potenciar la demanda del turismo nacional, durante el 2021 y 2022, materializado en un beneficio para quienes realizen compras anticipadas de servicios turísticos durante el periodo allí contemplado.

El beneficio consiste en que las personas que compran anticipadamente servicios turisticos percibirán en concepto de beneficio un crédito equivalente al 50% de las sumas abonadas y acreditadas, que podrá utilizarse exclusivamente en rubros, actividades y prestadores integrantes de la cadena turística de la Argentina.

Compras anticipadas
Se refiere a compras ante prestadores turísticos legalmente habilitados y debidamente facturadas para servicios a ser brindados dentro del territorio nacional
  • Compras anticipadas realizadas desde el 12 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2021utilizadas a partir del 1° de noviembre de 2021.
  • Compras anticipadas realizadas desde el 12 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2021, utilizadas a partir del 1° de diciembre de 2021.
  • Compras anticipadas realizadas desde el 12 de agosto hasta el 31 de octubre de 2021 utilizadas a partir del 1° de enero de 2022.
  • Compras anticipadas realizadas desde el 12 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2021utiliadas a partir del 1° de febrero de 2022.
En el documento anexo se podrán leer todas las condiciones generales para estos beneficios.

La Subsecretaría de Promoción Turística y Nuevos Productos tendrá a su cargo:
  • Determinar las personas humanas y jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento aprobado en el artículo precedente
  • Aprobar las solicitudes de beneficios que se efectúen en el marco del programa y autorizar los gastos que correspondan
  • Requerir información adicional a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Reglamento
  • Realizar modificaciones respecto de los alcances, límites y plazos establecidos en el Reglamento;
  • Implementar el otorgamiento de beneficios adicionales a los previstos en el Reglamento, de conformidad con eventuales acuerdos que se instrumenten con otros organismos o entes públicos
  • Revocar beneficios otorgados y excluir a personas jurídicas o humanas de los alcances del programa ante la comisión de las infracciones detalladas en el Reglamento
  • Dictar normas complementarias y efectuar las comunicaciones necesarias para la implementación del mismo.