Cías. Aéreas | CON FECHA DE INICIO DE OPERACIONES A PARTIR DEL 01/09/2020
Las aerolíneas sólo podrán comercializar pasajes desde, hacia o dentro del territorio nacional
La medida ha sorprendido a las aerolineas de todo el país que tratan de paliar la crisis con la venta anticipada de vuelos al exterior a muy buenas tarifas lo que sería un recurso para afrontar todos los gastos fijos, sueldos de empleados y más. Sólo podrán comercializarlos desde, hacia o dentro del territorio nacional.
27.04.2020 00:00 |
Por otro lado la ANAC busca que los pasajeros no se perjudiquen comprando pasajes que no se sabe si a futuro podrán utilizar si las fronteras y los aeropuertos internacionales siguen cerrados, cuyo dinero no sea restituido.
Algunas líneas aéreas se encuentran promocionando por sí o por terceros, la venta de pasajes para vuelos regulares, sin haber obtenido la respectiva autorización por parte de la ANAC y además no existe a la fecha una certeza respecto de las medidas sanitarias que deberán adoptarse para el reinicio de las operaciones aerocomerciales de transporte de pasajeros luego de la crisis provocada por el COVID 19, no obstante lo cual es de presuponer que deberá realizarse de manera ordenada.
Según las medidas publicadas en Boletín Oficial, las Líneas Aéreas solo podrán comercializar servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional, en la medida en que se encuentren formalmente autorizados por la ANAC.
Tanto así podrán reprogramar sus operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares a partir del 1° de septiembre de 2020.
Según las medidas publicadas en Boletín Oficial, las Líneas Aéreas solo podrán comercializar servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional, en la medida en que se encuentren formalmente autorizados por la ANAC.
Tanto así podrán reprogramar sus operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares a partir del 1° de septiembre de 2020.
La reprogramación de operaciones y las autorizaciones estarán supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que oportunamente se pudieren establecer en función de la salida ordenada de la emergencia generada por el nuevo Coronavirus COVID 19
Quedan autorizadas a comercializar pasajes aéreos con fecha de inicio de operaciones a partir del 1° de septiembre de 2020.
Quedan autorizadas a comercializar pasajes aéreos con fecha de inicio de operaciones a partir del 1° de septiembre de 2020.