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Cías. Aéreas | Desregulación del sector aéreo

Las fuerzas de seguridad podrán brindar servicios aeroportuarios y de rampa en los aeropuertos del país

De acuerdo a la Resolución 49/2024, dictada por el Gobierno Nacional, en el día de la fecha, las fuerzas de seguridad podrán brindar servicios aeroportuarios y de rampa en los aeropuertos del país. Una medida que resulta imperiosa en vista de los hechos acontecidos recientemente en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery.

08.11.2024 10:22 | 

El Gobierno Nacional sigue avanzando en la desregulación del sector aéreo y aprobó mediante la Resolución 49/2024 el proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general para que las fuerzas de seguridad o cualquier persona física o jurídica que reúna ciertos requisitos legales, técnicos y económicos pueda brindar el servicio.

Esta medida, impulsada desde la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, resulta imperiosa en vista de los hechos acontecidos esta semana en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery y hace aún más relevante el abordaje sistémico e integral de los servicios aeroportuarios de atención en tierra a las aeronaves y de rampa.

De esta manera, las fuerzas públicas podrán actuar de forma inmediata en situaciones de paros encubiertos o medidas de fuerza extorsivas que perjudiquen a los pasajeros y afecten el normal funcionamiento aeroportuario, llevando adelante de manera temporal y excepcional los servicios de rampa y aeroportuarios operacionales en beneficio de las líneas aéreas y de los pasajeros.

Cabe recordar que en lo que va del año, Intercargo realizó 16 asambleas y 4 paros, perjudicando enormemente a los pasajeros que en todas estas oportunidades quedaron varados arriba del avión o a la espera de su equipaje. Con esta desregulación, las personas no podrán ser tomadas nuevamente de “rehenes” a causa de medidas gremiales ajenas a sus intereses.

Además, al haberse desregulado totalmente los servicios operacionales y de rampa en los aeropuertos, todo operador privado que quiera brindar estos servicios y cumpla ciertos requisitos tendrá la libertad de hacerlo e Intercargo deberá competir como cualquier empresa. De esta forma, se incorporarán nuevos actores al mercado argentino para beneficio de los usuarios y pasajeros.

Esta normativa también está enmarcada en el principio de “Silencio Positivo” con el objetivo de desburocratizar y agilizar las tramitaciones necesarias, es decir, que cumplido un cierto tiempo de iniciado el trámite, y habiéndose verificado el cumplimiento de todas las condiciones operativas, técnicas y de seguridad; la autorización será automática y tendrá una duración de 15 años con posibilidad de renovación.