Europa | Flexibilizando las medidas Covid-19 para la recuperación del turismo
Tres opciones para ingresar a España
A partir del 21 de mayo, los viajeros extracomunitarios ya pueden entrar en España, mostrando un certificado de vacunación, de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo en los controles de entrada al país. Los menores de 12 años no tienen que presentar ningún tipo de certificado.
23.05.2022 10:14 |
La medida salió publicada en el BO, en el dia de la fecha y alienta a la flexibilizacion de los requisitos para una ràpida recuperción de la actividad turística, la economía y el empleo.
La publicación hace referencia a una nueva redacción a la letra k) del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que queda como sigue:
«k) Personas provistas de un certificado de vacunación contra el COVID-19 o un certificado de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo de dicha enfermedad, que el Ministerio de Sanidad reconozca con estos fines, previa comprobación por las autoridades sanitarias
La publicación hace referencia a una nueva redacción a la letra k) del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que queda como sigue:
«k) Personas provistas de un certificado de vacunación contra el COVID-19 o un certificado de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo de dicha enfermedad, que el Ministerio de Sanidad reconozca con estos fines, previa comprobación por las autoridades sanitarias