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Trade | CANALES ELECTRÓNICOS DE ATENCIÓN A PASAJEROS

Medidas para las agencias de viajes respecto al Coronavirus

Facúltase a los Agentes de Viaje a atender al público exclusivamente por canales electrónicos a fin de evitar el contacto físico y la propagación del COVID-19, por el término de treinta días.

15.03.2020 00:00 | 

Según lo publicado en Boletín Oficial, las medidas se aplican para la protección y evitar la propagación del virus, que ya es pandemia y a su vez alcanzar una mayor eficiencia en los costos operativos de las agencias de viajes.

Los Agentes de Viaje deberán informar a los turistas con quienes tengan contratos con prestaciones pendientes los canales electrónicos de atención. 

Asimismo, deberán exhibir con claridad en la puerta de acceso de sus locales los canales electrónicos de atención.
Los mencionados canales de atención deberán ser informados a la Dirección Nacional de Agencias de Viajes en forma previa a la suspensión de la atención al público en sus locales.

Los Agentes de Viaje podrán compartir sus estructuras funcionales en un único local por el término de un año. Sólo podrán compartir sus estructuras funcionales hasta DOS (2) Agentes de Viaje por local.