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Argentina | cambios administrativos

Respecto a la devolución del IVA a turistas extranjeros

Existen modificaciones en la facturación, respecto a lo que refiere al reintegro del impuesto al valor agregado, facturado a turistas del extranjero, por los servicios de alojamiento prestados por hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart- hoteles y similares.

17.08.2017 08:36 | 

La AFIP, Administración Federal de Ingresos Públicos publica en Boletín Oficial una modificación respecto a la forma de facturación, para obtener el reintegro, a partir del 1 de septiembre.

De acuerdo a lo publicado: “La obligación de emisión de comprobantes clase “T” de los responsables que solicitan autorización mediante el intercambio de información del servicio “web” operará desde el día 1 de septiembre de 2017, en sustitución de lo previsto en el inciso b) del Artículo 21 de la norma conjunta Resolución General N° 3.971 (AFIP) y Resolución N° 566/16 (MT) y su complementaria. A partir de esa fecha no podrán emitirse facturas clase “A” o “B”, por las operaciones sujetas a reintegro, conforme a lo dispuesto por el Artículo 16 de la misma.”